Constitución de la Organización de Padres de Familia -OPF- y Elección de la Junta Directiva
La Organización de Padres de Familia es una agrupación comunitaria con personalidad jurídica -otorgada por el Ministerio de Educación, por medio de las Direcciones Departamentales de Educación- integrada por padres de familia de alumnos inscritos en los Centros Educativos de una comunidad determinada, con el fin de administrar y ejecutar los programas de apoyo existentes y los que pudiesen ser creados en el futuro. (Artículo 13 del Decreto Número 16-2017 del Congreso de la República de Guatemala y artículo 2 del Acuerdo Gubernativo Número 233-2017).
Asamblea
El director del centro educativo deberá convocar y presidir asamblea general para orientar la conformación de la primera Organización de Padres de Familia –OPF- y en ella dar lectura al régimen de los estatutos especificando que es indispensable que todos los integrantes de la -OPF- sean electos por el resto de la asamblea y estos deben ser un presidente, un tesorero, un secretario y dos vocales
Elección
La asamblea mediante votación elige a los integrantes antes mencionados, procurándose la participación de padres de familia, aclarándose que no pueden ser integrantes de la organización, el director, cuerpo docente o administrativo del centro educativo
Suscripción del acta de constitución de la OPF
Se levanta un acta de constitución en el libro de actas previamente autorizado por la Dirección Departamental, con páginas foliadas y selladas.
Número de acta.
Lugar y fecha.
Hora de inicio y finalización del acto de Constitución.
Nombre completo, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, ocupación y oficio de todos los comparecientes, quienes se identificarán con su Documento Personal de Identificación -DPI-.
El objeto de la conformación de la Organización de Padres de Familia del Centro Educativo.
Inclusión del o los códigos y los el nombre completo que identifican a los Centros Educativos abiertos y activos que se anexan a la Organización de Padres de Familia.
Manifestación expresa que la naturaleza de la Organización de Padres de Familia no es lucrativa, política, religiosa, étnica o de género.
Ubicación y domicilio del Centro Educativo.
Procedimiento para la elección de la Junta Directiva.
Los estatutos que regirán el funcionamiento de la Organización de Padres de Familia; y,
Firma de los comparecientes o impresión digital de quienes no pudieren hacerlo, haciendo constar tal hecho.
Y el Secretario de la OPF procede a certificar el acta de constitución y el acta de nombramiento del representante legal de la OPF, ambos requisitos para presentarse a la Dirección Departamental. ver aquí
Elaborar Acta de Nombramiento de Representante Legal de la primera Junta Directiva
El Técnico de Servicios de Apoyo elabora para la suscripción de los comparecientes (Secretario y Presidente) el Acta de Nombramiento de Representante Legal de la OPF, en el Libro especial de Actas de hojas móviles de la Dirección Departamental de Educación, según modelo establecido en el formulario PRA-FOR-25 “Certificación del Acta de nombramiento del Representante Legal de la Organización de Padres de Familia, para la Elección de la Primera Junta Directiva”. Traslada el expediente al Asistente de Organización Escolar y/o Facilitador de Organización Escolar de la DIDEDUC.
Véase la lista de cotejo constitución de la organización de padres de familia dirección general de participación comunitaria y servicios de apoyo -DIGEPSA-
Recibir la Resolución y Certificaciones
El Técnico de Servicios de Apoyo Recibe el expediente y notifica a la Junta Directiva de la Organización de Padres de Familia, por medio de una “Cédula de notificación”, lo siguiente:
PRA-FOR-118 “Resolución de aprobación de estatutos, Reconocimiento de Personalidad Jurídica y también reconoce la Personería Jurídica que ejercita el Presidente y Representante Legal” y entrega los documentos siguientes:
Acta de Constitución y sus estatutos, según formulario PRA-FOR-24 “Certificación de Acta de Constitución de la Organización de Padres de Familia, Régimen de Estatutos y Elección de la Primera Junta Directiva”.
Acta, según formulario PRA-FOR-25 “Certificación del Acta de nombramiento del Representante Legal de la Primera Junta Directiva de la Organización de Padres de Familia”.


